Arraigo social en España (Guía 2026): requisitos, documentos y cómo solicitarlo paso a paso

arraigo social españa

Si llevas tiempo viviendo en España y necesitas regularizar tu situación, el arraigo social en España puede ser la oportunidad que estabas esperando. Esta autorización, actualizada en mayo de 2025, te permite obtener un permiso de residencia por un año, con autorización para trabajar tanto por cuenta ajena como por cuenta propia. Aquí te explico todo de forma clara y cercana, para que entiendas exactamente qué necesitas y cómo solicitarlo sin complicaciones.

¿Qué es el arraigo social?

El arraigo social es una autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales pensada para personas que ya llevan tiempo viviendo en España y han creado vínculos aquí. No se pide desde el país de origen: se tramita directamente en territorio español.

Para obtenerla, debes demostrar que llevas al menos dos años en España de forma continuada y que dispones de uno o varios contratos de trabajo que cumplan los requisitos mínimos de jornada e ingresos, o tener vínculos familiares con residentes en España acreditando medios económicos de visa suficientes (en caso de no tener vínculos se puede acreditar la integración por medio de informe de servicios sociales). Es una vía muy utilizada por quienes han trabajado, estudiado o vivido de manera estable y quieren regularizar su situación.

Requisitos para solicitar el arraigo social en España (2026)

Los requisitos de arraigo social actualizados son los siguientes:

  • No ser ciudadano de la UE, EEE o Suiza.
  • Estar físicamente en España en el momento de presentar la solicitud.
  • Haber permanecido en España dos años de forma continuada.
  • No tener la condición de solicitante de protección internacional durante el procedimiento.
  • No tener antecedentes penales en España ni en los países donde viviste en los últimos 5 años.
  • No figurar como inadmisible o con prohibición de entrada.
  • Haber abonado la tasa del procedimiento.
  • Contar con alguno de los siguientes requisitos:
    •  Contratos de trabajo que alcancen al menos 20 horas semanales y garanticen el SMI o el salario de convenio.
      Puedes presentar varios contratos, tanto si trabajas en actividades de temporada, como para varios empleadores, o si tienes diferentes ocupaciones de forma simultánea.
    • Tener vínculos familiares con otras personas extranjeras titulares de una autorización de residencia (cónyuge o pareja de hecho registrada y familiares en primer grado en línea directa) y que se justifique disponer de medios económicos suficientes para su mantenimiento.

Si no tienes vínculos familiares puedes acreditar la integración con informe de integración de los servicios sociales donde estés empadronado.

Documentación para el arraigo social (2026)

La documentación exigible incluye:

  • Formulario oficial EX–10.
  • Pasaporte completo.
  • Pruebas de permanencia en España durante dos años (padrones, alquileres, facturas, justificantes médicos, contratos, etc.).
  • Certificado de antecedentes penales del país de origen.
  • Con contrato de trabajo:
    • Contrato o contratos de trabajo firmados.
    • Documentos del empleador (NIF, escrituras, estatutos).
    • Acreditación de solvencia económica del empleador (IRPF, IVA, Impuesto de Sociedades o VILE).
    • Títulos o certificados profesionales si la actividad lo requiere.
  • Sin contrato de trabajo:
    • Documentación que acredite el vínculo con el familiar (cónyuge o pareja de hecho registrada y familiares en primer grado en línea directa), o informe de integración de servicios sociales.
    • Documentación que acredite los medios económicos propios (cuentas bancarias, títulos de propiedad etc)

Todos los documentos que vengas del extranjeros deben estar traducidos por traductor jurado y legalizados o apostillados cuando corresponda.

residencia por arraigo social

Proceso para solicitar el arraigo social paso a paso

El procedimiento es bastante claro:

1. Reunir toda la documentación

Preparar bien el expediente es fundamental. Es la fase donde más errores se cometen.

2. Presentar la solicitud

Puedes hacerlo:

La opción telemática suele ser más rápida.

3. Pagar la tasa

Debes abonar la tasa 790-052 en un plazo de 10 días hábiles.
👉 Descarga oficial del modelo 790 (código 052):
https://sede.administracionespublicas.gob.es

4. Esperar la resolución

El plazo máximo es de tres meses. Si no recibes respuesta, se entiende desestimada por silencio administrativo.

5. Alta en la Seguridad Social (en caso de contrato de trabajo)

Una vez aprobada, el empleador tiene un mes para darte de alta.

6. Solicitar la TIE

Tras la aprobación de tu autorización, deberás solicitar tu Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE) en comisaría.

La autorización tiene una vigencia inicial de un año, renovable o transformable en una autorización de residencia y trabajo inicial si cumples los requisitos.

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Muchos expedientes se deniegan por cosas pequeñas: documentos sin apostillar, contratos incompletos, pruebas de permanencia insuficientes…

Asegúrate de preparar un expediente impecable o deja que un profesional lo revise antes de presentar.

En LAITOM Abogados somos expertos abogados de extranjería en Fuengirola, y le acompañamos en todo el proceso: preparación del expediente, revisión de contratos, presentación telemática y seguimiento del procedimiento hasta la concesión.

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